
Quien más y quien menos alguna vez se ha mosqueado porque le pongan las notas en el tablón de la Uni. Y siempre surgían las preguntas: ¿pero eso se puede hacer?, ¡Yo no quiero que la gente conozca mis notas!, etc, etc.
Pues si estudiáis en una Universidad en la que muestren vuestras notas, junto con vuestro nombre, en el tablero de clase, a la vista de cualqueira que pase, podéis comentarles que según la Agencia Española de Protección de Datosel en su Informe 469/2004, sobre Publicación en tablones de las calificaciones de alumnos universitarios:
“En consecuencia la difusión de dichas notas de calificación a través de los tablones de anuncios de la Universidad, constituirá una cesión de datos de carácter personal de los alumnos no autorizada por una norma con rango de ley formal. En ese caso, atendiendo a la regulación de la Ley Orgánica (artículo 11.2. a), sería necesario que cada alumno diera su consentimiento inequívoco para poder realizar la publicación de las calificaciones, dado que estos supuesto no constituyen ninguna de las excepciones legales para poder efectuar las cesiones sin consentimiento.”
Y como dice el art. 44 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, constituye una infracción grave “La comunicación o cesión de los datos de carácter personal, fuera de los casos en que estén permitidas”.
¿La sanción?
Hasta 100 M de las antiguas pesetas…
;)
Marzo 29th, 2007 at 22:23
Oh sí! Qué bueno saberlo!…Mis suspensos han de ser sólo mios y restar en el anonimato más absoluto de mi conciencia y mi expediente académico. jeje
Marzo 30th, 2007 at 1:18
Tyler, tú no tienes suspensos…:)